FEXPO EL ALTO – PRODUCCIÓN Y CALIDAD CON ALTURA
TITULO I
La FEXPO EL ALTO es un evento de carácter
productivo, organizado por EL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE EL ALTO, a
través de la OFICIALIA MAYOR DE DESARR
OLLO ECONOMICO
PRODUCTIVO.
En la misma
participan expositores de la Grande, Mediana, Pequeña, Micro Empresa, Artesanía
y el sector Agropecuario de la ciudad de El Alto, con el objetivo de
promocionar y comercializar la productividad (del productor al consumidor) y
servicios de los alteños, establecer relaciones comerciales entre productores,
distribuidores y consumidores, promover nuevas inversiones y dar a conocer los
productos y actividades de estos.
La FEXPO EL
ALTO se realiza en los predios del
Campo Ferial de la ciudad de El Alto, el desarrollo de la FEXPO EL ALTO está establecido para los días 12 al 22 de
diciembre del presente año, conforme a un cronograma de
actividades, este establece los días y horarios de las actividades prefería,
feria y post feria, la apertura al público, la inauguración oficial y cierre
del evento, así como el desmontaje y las actividades conexas al evento.
Establecer un
reglamento único de participación de la primera versión de la Feria Exposición
de El Alto - FEXPO EL ALTO “Producción y
Calidad con Manos Alteñas”, para todos los expositores y participantes de
la misma, el cual es de cumplimiento obligatorio.
El presente
reglamento tiene un alcance para: los organizadores de la FEXPO EL ALTO,
los expositores locales y nacionales,
los auspiciadores y/o copatrocinadores, y otros que intervengan antes, durante
y después del desarrollo de la FEXPO EL
ALTO.
TITULO II
Articulo 1. (De
la participación).
La FEXPO EL
ALTO, es una Feria de Exposición Productiva
Multisectorial, la cual estará abierta a la participación de todas las
especializaciones y/o rubros de la Grande, Mediana, Micro, Pequeña Empresa y
Artesanía en general, su participación se viabilizara a través de la
inscripción en un FORMULARIO UNICO de participación.
Articulo 2.
(Solicitud de participación).
a. FORMULARIO DE PARTICIPACIÓN: Los interesados
en participar de este evento deberán llenar el FORMULARIO UNICO de solicitud de
participación, el mismo que es requisito básico para aprobar su inscripción y
registro correspondiente.
b. ACEPTACION Y RECHAZO: Las solicitudes
serán consideradas por la organización de la FEXPO EL ALTO, quien tendrá
la facultad de rechazarlas cuando a su criterio, el interesado no reúna las
condiciones necesarias de acuerdo a la finalidad del evento.
Se dará preferencia a las solicitudes
de productores con productos altamente competitivos (calidad e innovación).
Articulo 3. (de los stand y/o espacios).
a. COSTO DE STAND ESPACIOS: el costo oficial de participación estará claramente señalado y
determinado en el material a distribuirse para el cliente interno, de acuerdo
al tipo de stand o espacio que se requiere.
Cada área tiene una identificación clara y especifica, para ello la organización
determinara paquetes de participación como expositor y auspiciador
para las distintas áreas.
b. ENERGIA ELECTRICA: los espacios
y/o stand, cuentan con la instalación de energía eléctrica adecuada que
considere las áreas cubiertas y áreas descubiertas.
Articulo 4to. (del Formulario de
Participación)
El formulario de participación se
constituye en instrumento accesorio al presente reglamento, en el mismo se
establece lo siguiente:
a. IDENTIFICACIÓN (Artesanos, MyPEs,
Mediana y Gran Empresa)
b. PRODUCTO O SERVICIO A EXPONER
c. SOLICITUD Y ASIGNACIÓN DE STAND O
ESPACIO
d. ACEPTACIÓN Y CONFORMIDAD DE
PARTICIPACIÓN
Articulo 5. (de la intervención con
decoración u otros)
a. APROBACIÓN DE MEJORAS: Toda decoración
deberá tener la aprobación de la Organización de la FEXPO EL ALTO, quien
tendrá la facultad de suspender cualquier trabajo que no se ajuste al proyecto
aprobado.
b. LIMITES: En ningún
caso las instalaciones de los espacios feriales y de los stands podrán exceder
el límite de los espacios asignados tanto a lo largo, ancho y alto.
c. INICIO DE TRABAJOS DE MONTAJE: El expositor
podrá iniciar los trabajos de montaje de su stand o espacio ferial de acuerdo
al cronograma de actividades del evento, debiendo estar acabada 24 horas antes
de la apertura del evento.
d. INSPECCIONES DIARIAS: La organización
del evento realizara inspecciones diarias durante el desarrollo del
montaje de stand y/o espacios feriales; en caso de que no se proceda la
implementación de las áreas de exposición conforme lo previsto FEXPO EL ALTO
se reserva el derecho de parar la obra hasta su rectificación.
e. CREDENCIALES DE INGRESO: La organización de la FEXPO EL ALTO otorgara
credenciales diferenciadas (para el expositor y el personal contratado por el
expositor) de ingreso al recinto ferial en época de pre – feria y horarios
especiales (cerrado al público). Las mismas serán intransferibles y llevaran el
nombre y número de cedula de identidad del usuario, así como el nombre de la
empresa expositora y periodo en el cual desempeñara dichos trabajos, la
organización tendrán credenciales propios.
f.
HORARIO DE MONTAJE Y DESMONTAJE: El horario para
los trabajos de montaje y desarme será de 8:00 a 18:00 horas, fijadas para ese
propósito. En caso de necesidad el expositor podrá pedir la ampliación del
mismo, quedando a consideración de FEXPO EL ALTO de aprobar dicha solicitud.
g. RETIRO DE LAS INSTALACIONES ANTES DE
LA CLAUSURA OFICIAL: Las instalaciones de los Stands y
espacios feriales no podrán ser desmontadas ni retiradas del recinto ferial en
ningún caso antes de la clausura oficial del evento.
h. DECORACIÓN DEL STAND: El expositor es
responsable de la decoración y mantenimiento del stand o espacio ferial en
buenas condiciones, debe incorporar letreros de la FEXPO EL ALTO y el nombre de
su empresa de manera uniforme en
material de lona u otro de 1.50*0.30 mts., con fondo blanco y letras
negras.
El
incumplimiento de estas disposiciones descalificara al expositor no pudiendo
participar en posteriores eventos feriales organizadas por el GAMEA.
i.
ATENCIÓN AL CLIENTE: el expositor
debe estar capacitado para la atención al cliente demostrando puntualidad,
higiene, presentación del producto, conocimiento de precios, etc.
j.
MODELOS (AZAFATAS): cada
stand o espacio ferial debe contar con una azafata, de acuerdo a su producto y
decoración específica.
k. DISPOSICIONES ESPECIALES PARA STANDS
EN ÁREA DESCUBIERTA: Los expositores que deseen levantar
construcciones o colocar letreros, deberán tener la aprobación de la
organización de la FEXPO EL ALTO
A objeto de
minimizar el polvo y posible daño que este pueda provocar a los equipos que se
exponen, el uso de elementos como gravilla, maicillo, ladrillo molido,
arenilla, etc., queda sujeto a la aprobación previa de la Organización.
FEXPO EL ALTO podrá proceder,
cuando lo considere necesario al desarme y retiro por cuenta y riesgo del
expositor, o bien disponer libremente el mismo, perdiendo el expositor todo
derecho sobre las instalaciones y materiales que permanezcan en el predio, FEXPO
EL ALTO, optara por la medida que estime más conveniente y lo comunicara al
expositor siendo su decisión inapelable. FEXPO EL ALTO, no se
responsabilizara en ningún caso por infraestructura, materiales y enseres dejados
en el predio.
l.
DISPOSICIONES ESPECIALES PARA LOS STAND EN AREA CUBIERTA: Para la
realización de stands en espacio cubierto se prohíbe la utilización de mezclas
humedad (cemento, yeso, mortero, etc.), así como picar, perforar, serruchar,
pintar o deteriorar de cualquier modo las paredes, techos, pisos del área en
que se encuentre. Los expositores no podrán colgar ni afirmar elemento alguno
que dañe los paneles existentes.
TITULO III
Articulo 6.
(Prohibiciones)
Queda
terminantemente prohibido
a. VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS Y
COMESTIBLES: Queda totalmente prohibida la
venta y consumo de bebidas y/o comestibles en los Stands que no haya sido
habilitados especialmente para ello.
b. VENDEDORES AMBULANTES: está
prohibido al interior de la FEXPO EL ALTO los vendedores ambulantes.
c. EQUIPOS DE SONIDO: Instalar
cualquier equipo de sonido que sobrepase a los 20 decibles, con excepción de
aquellos stands autorizados por la organización de la FEXPO EL ALTO y que no
sea molestia para otros expositores y los visitantes.
d. RETIRO DE MERCADERIA El retiro de
las mercaderías del predio ferial se lo hará a partir del día siguiente a la
finalización de la FEXPO EL ALTO de acuerdo a un rol especial asignado por FEXPO
EL ALTO.
e. DESPERDICIOS: Dejar
desperdicios y otros, causados por los trabajos de armado de stand e
instalación, cuyo retiro debe realizarse antes de la apertura al publico de la
feria, por cuenta del expositor.
f.
REPARTO DE PROPAGANDA: Esta prohibida la presentación o
reparto de toda propaganda de carácter político, religioso o de índole similar
o cualquier otra que no sea parte de la feria.
g. JUEGOS DE AZAR: Quedan
prohibidos los juegos azar dentro del recinto final.
h. FUNCIONAMIENTO DE MAQUINAS RUIDOSAS: Hacer
funcionar maquinas o equipos que produzcan contaminación acústica.
i.
ELEMENTOS COLGANTES: Colgar cualquier elemento
publicitario fuera del stand o el espacio ferial, salvo autorización de FEXPO
EL ALTO.
j.
ARTEFACTOS A GAS O COMBUSTIBLE LIQUIDO: Utilizar
cualquier tipo de calefactores o artefactos que funcionen a gas o combustible
liquido dentro del espacio cerrado, salvo autorización de la FEXPO EL ALTO.
k. SUB-ARRENDAR: Esta
terminantemente prohibido subarrendar el stand o espacio ferial.
l.
ABANDONO: El abandono del stand o espacio
ferial durante las horas de exposición de la feria.
m. PRODUCTOS SUNTUARIOS: Se prohíben
dejar en stand o espacio ferial por las noches, productos de joyería y otros de
alto valor. FEXPO EL ALTO no se responsabilizara por perdidas si se
incumple este inciso.
n. COMPARTIR STANDS: Esta
totalmente prohibido compartir stand entre los expositores, salvo autorización
expresa de la Organización de la FEXPO EL ALTO.
La infracción
de estas prohibiciones será pasible sanciones por parte de la organización de
la FEXPO EL ALTO, no pudiendo
participar en posteriores eventos feriales organizados por el GAMEA.
Articulo 7. (Daños y perjuicios).
a. A FEXPO EL ALTO Y/O TERCERAS
PERSONAS: El expositor es único responsable
por los daños o perjuicios que él, sus colaboradores, contratistas, personal,
equipos, instalaciones y mercaderías pueden ocasionar al recinto ferial y/o
terceras personas independientemente de las razones en permanencia de estas
últimas en el recinto ferial.
b. ACCIDENTE DE PERSONAL: FEXPO EL
ALTO no se
responsabiliza en ningún caso por los accidentes que puedan sufrir el personal
propio o contratado por el expositor.
Articulo 8. (De las sanciones).
a. Expulsión.- Cualquier desorden provocado entre
expositores o hacia los visitantes de la feria que altere el orden público o
que afecte a la imagen de FEXPO EL ALTO, será causa de expulsión
inmediata del (los) expositor (es), sin derecho a reclamo.
b. no participación en ferias.- los expositores infractores al
presente reglamento no podrán participar en las futuras versiones de la FEXPO
EL ALTO.
Articulo 9. (De la muestra stock e
inventario).
Los expositores con productos de
venta masiva, deberán mantener obligatoriamente un inventario de reserva, un
stock mínimo y muestrario permanente en el stand, hasta la clausura del evento.
Los expositores están obligados a hacer uso racional y estético del espacio
asignado evitando hacinamiento de productos, envases y/o personas.
Articulo 10. (De los precios de los
productos expuestos)
El expositor tiene libertad de
establecer los precios de sus productos. Se recomienda sin embargo fijar
precios de promoción ferial, para atraer al público.
Articulo 11. (Del horario de
atención).
El horario de atención al público de
la feria son los siguientes:
DIAS
|
LUNES ,
MARTES, MIERCOLES Y JUEVES
|
VIERNES,
SABADO, DOMINGO Y FERIADOS
|
Horas de apertura
|
14:30 p.m.
|
10:00 a.m.
|
Horas de Cierre
|
22:00 p.m.
|
22:30 p.m.
|
El expositor deberá estar en su
stand por lo menos con media hora de anticipación a la apertura de la FEXPO
EL ALTO al público, y deberá retirarse de la feria únicamente en los
horarios de cierre de la misma.
Articulo 12. (de la reposición de
mercaderías)
Los expositores que requieran hacer
reposición de sus mercaderías en su stand o espacio ferial, podrán hacerlo en
horas que no sea de apertura al público.
Articulo 13. (Entrada para la FEXPO
EL ALTO)
La entrada al campo ferial para la FEXPO
EL ALTO será establecido de acuerdo con los intereses de los organizadores
de FEXPO EL ALTO los cuales serán oportunamente difundidos.
Articulo 14. (de la seguridad
pública)
FEXPO EL ALTO aplicara las
medidas de vigilancia y seguridad necesarias en el Recinto Ferial.
TITULO IV
Articulo 15. (Del espectáculo)
a. ESPECTÁCULOS: FEXPO EL ALTO proporcionara espectáculos artísticos de acuerdo
a un cronograma establecido de eventos y organizara distintas actividades
culturales y de distracción en el escenario principal de la FEXPO EL ALTO.
Articulo 16. (Programación de los
espectáculos)
Es bajo la entera discreción e
interés de FEXPO EL ALTO el programar la presentación de los
espectáculos o shows artísticos como el de establecer la modalidad de entrada a
los visitantes.
Articulo 17 (Prohibiciones)
Esta totalmente prohibido que las
personas encargadas de los stand, o espacios feriales abandonen los mismos para
asistir a los espectáculos o shows artísticos.
Articulo 18 (de los artistas)
Los artistas o elenco de artistas
contratados deben contar con los elementos necesarios para su presentación como
ser; vestuario, maquillaje, escenificación, etc. Los espectáculos o shows
artísticos deberán ser presentados de manera profesional animando a los
visitantes de la feria en todo momento.
TITULO V
Articulo 19 (gastronomía)
a. STAND DE COMIDAS Y BEBIDAS: Los
interesados en instalar stand de comida y bebida para expendio dentro de la
exposición realizaran su solicitud a la organización de la FEXPO EL ALTO, sus
stands y decoraciones deberán ser aprobados previamente. Asimismo los organizadores
de la FEXPO EL ALTO podrán otorgar
el espacio para gastronomía previa aprobación.
b. FEXPO EL ALTO proveerá a los
interesados en prestar servicios gastronómicos un espacio dedicado únicamente a
la gastronomía en la que se comercializaran de manera libre alimentos y bebidas
no alcohólicas.
Articulo 20. (Higiene)
Los servicios gastronómicos a ser
prestados por los diferentes proveedores deberán ser realizados de manera
higiénica y con buena presentación, en caso de incumplimiento con este requerimiento
serán pasibles a sanciones establecidos por la organización de la FEXPO EL
ALTO.
Articulo 21. (Certificación)
Los servicios gastronómicos deberán
ser acreditados por medio de la respectiva licencia de funcionamiento o su
fotocopia, por el certificado de salubridad, ambos otorgados por la Alcaldía
Municipal. Sin la presentación a FEXPO EL ALTO de por lo menos estos dos
anteriores certificados, el participante no podrá participar en la FEXPO EL
ALTO en el sector gastronómico.
Articulo 22. (Dotación)
Es de entera responsabilidad de los
participantes del sector gastronómico estar dotados con todos los insumos
necesarios para prestar un buen servicio, no siendo responsabilidad de FEXPO EL
ALTO, el que el participante no los tenga.
Articulo 23. (Daños)
FEXPO EL ALTO se deslinda de
forma total de cualquier daño ocasionado a la salud, a la persona y a la
infraestructura del campo ferial ocasionado por el participante del sector
astronómico, debiendo ser este quien se encargue de resarcir y satisfacer el
daño causado.
TITULO VI
Articulo 24 (de la no venta)
La FEXPO EL ALTO, no
garantiza de ninguna manera al expositor la venta de sus productos durante el
desarrollo de la feria, como de las pérdidas económicas que este pudiera sufrir
a causa de una baja visita de público al campo ferial o por la falta de
atracción del producto o servicio que comercializa, siendo de entera
responsabilidad del expositor.
Articulo 25 (de la fuerza mayor)
La FEXPO EL ALTO se libera de
toda responsabilidad civil y penal resultante por motivo de fuerza mayor, que
pudieran suceder antes, durante o después del normal desarrollo de la FEXPO
EL ALTO.
TITULO VII
Articulo 26 (de las disposiciones finales)
Todos los expositores en el momento
de firmar su inscripción en el formulario de participación, aceptan las
presentes normas, asimismo recibirán un el presente reglamento, el plano de
ubicación de stand y una copia del formulario de participación.
La organización de la FEXPO EL ALTO
se reserva el derecho de modificar cualquier condición de este reglamento, si
así fuera necesario, para el buen desarrollo de la Feria Exposición de El Alto
– Producción y Calidad con Manos Alteñas.
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